RTVC y sus marcas unirán esfuerzos para fortalecer la pedagogía en torno al MBU, orientando a la ciudadanía sobre su uso y alcances.
RTVC fortalece su compromiso con la búsqueda de personas desaparecidas: difusión del Mecanismo de Búsqueda Urgente
17 / 06 / 2025

RTVC fortalece su compromiso con la búsqueda de personas desaparecidas: difusión del Mecanismo de Búsqueda Urgente


Por Tomás Pianeta
Tomás Pianeta
17 / 06 / 2025
RTVC y sus marcas unirán esfuerzos para fortalecer la pedagogía en torno al MBU, orientando a la ciudadanía sobre su uso y alcances.
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Como parte de su rol dentro del Comité de Prevención y No Repetición del Sistema Nacional de Búsqueda (SNB), RTVC Sistema de Medios Públicos reafirma su compromiso con la divulgación de información clave que permita a la ciudadanía comprender y acceder al Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU), una herramienta humanitaria fundamental para la protección de los derechos humanos.

La estrategia hace parte del cumplimiento del Auto emitido por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que orienta a las instituciones del Estado a garantizar la prevención de la desaparición forzada y facilitar la localización de personas cuyo paradero se desconoce.

RTVC en su compromiso con la Paz y el Comité de prevención y No Repetición SNB

¿Qué es el Mecanismo de Búsqueda Urgente?

El MBU es una herramienta humanitaria y legal diseñada para proteger la vida, la libertad y la integridad personal de las personas que se presumen desaparecidas. Su base legal se sustenta en el artículo 2° de la Constitución Política, que consagra el derecho al goce efectivo de los derechos fundamentales.

Este mecanismo se activa con el objetivo de que autoridades judiciales (jueces o fiscales) ordenen de forma inmediata todas las acciones necesarias para ubicar a la persona desaparecida, ya sea con vida o sin ella, y garantizar su regreso a sus familias. Además, busca prevenir que se consume el delito de desaparición forzada.

¿Quién puede solicitar la activación del MBU?

Cualquier persona, sin importar su vínculo con la víctima, puede solicitar la activación del MBU ante un juez o fiscal. Sin embargo, los servidores públicos tienen la obligación legal de hacerlo de oficio, cuando tengan conocimiento de una desaparición, incluso si la fuente de la información es anónima. No se requieren investigaciones previas ni trámites intermedios para su activación. La omisión en el cumplimiento de este deber puede acarrear sanciones disciplinarias y penales.

¿Cuándo se activa el Mecanismo de Búsqueda Urgente?

La activación del MBU debe ser inmediata, desde el momento en que se presume la desaparición. No se requiere esperar un tiempo mínimo, ni puede condicionarse al transcurso de 72 horas, como erróneamente se ha creído en algunos casos. La urgencia del mecanismo reside en su capacidad de reaccionar rápidamente y evitar que el delito se consolide.

Además, el MBU puede ser reactivado tantas veces como sea necesario, siempre que existan indicios de la posible ubicación de la persona desaparecida o su cadáver.

¿Cómo se presenta una solicitud?

La solicitud de activación del MBU puede hacerse de forma verbal o escrita, sin formalismos que obstaculicen su aplicación. Lo más importante es que las autoridades judiciales actúen con celeridad y sin trabas burocráticas, garantizando así la protección de los derechos de las víctimas y sus familias.

Un deber ético y constitucional

RTVC, como medio público, tiene el deber de acompañar estos procesos con información clara y accesible. Desde la radio, la televisión, los medios digitales y las emisoras comunitarias, el Sistema de Medios Públicos de Colombia busca que la ciudadanía conozca sus derechos y herramientas como el Mecanismo de Búsqueda Urgente, para contribuir activamente a la lucha contra la desaparición forzada y el fortalecimiento de la memoria y la justicia.